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¿Qué es el Sistema Nacional del Deporte?
¿Qué entidades integran el Sistema Nacional del Deporte?
¿Cuáles son los objetivos del Sistema Nacional del Deporte?
¿Cuál es la naturaleza jurídica y cuáles son las funciones del Instituto Colombiano del Deporte Coldeportes?
¿Qué es el Comité Olímpico Colombiano?
¿Cuál es el objeto principal del Comité Olímpico Colombiano?
¿Qué es el Comité Paralímpico Colombiano?
¿Cuál es el objeto principal del Comité Paralímpico Colombiano?
¿El Comité Olímpico Colombiano y el Comité Paralímpico Colombiano requieren de reconocimiento deportivo para su funcionamiento?
¿Qué son las Federaciones Deportivas Nacionales, cuál es su objeto y cómo están constituidas?
¿Cuáles son los requisitos exigidos para el funcionamiento de una Federación Deportiva Nacional?
¿Cuál es la estructura mínima que debe tener una Federación Deportiva Nacional?
¿Qué entidades integran el Sistema Nacional del Deporte?
¿Cuáles son los objetivos del Sistema Nacional del Deporte?
¿Cuál es la naturaleza jurídica y cuáles son las funciones del Instituto Colombiano del Deporte Coldeportes?
¿Qué es el Comité Olímpico Colombiano?
¿Cuál es el objeto principal del Comité Olímpico Colombiano?
¿Qué es el Comité Paralímpico Colombiano?
¿Cuál es el objeto principal del Comité Paralímpico Colombiano?
¿El Comité Olímpico Colombiano y el Comité Paralímpico Colombiano requieren de reconocimiento deportivo para su funcionamiento?
¿Qué son las Federaciones Deportivas Nacionales, cuál es su objeto y cómo están constituidas?
¿Cuáles son los requisitos exigidos para el funcionamiento de una Federación Deportiva Nacional?
¿Cuál es la estructura mínima que debe tener una Federación Deportiva Nacional?
Solución
1.
Es el conjunto de
organismos, articulados entre sí, para permitir el acceso de la comunidad al
deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la educación
extraescolar y la educación física, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
181 de 1995, “Por la cual se dictan disposiciones para el fomento del Deporte,
la Recreación, el Aprovechamiento del Tiempo Libre y la Educación Física y se
crea El Sistema Nacional del Deporte”.
2. En
atención al artículo 50 y siguientes de la Ley 181 de 1995, lo
Integran entidades y organismos
de carácter público, privado y mixto, considerando su nivel jerárquico,
jurisdicción territorial y ámbito de actividades, que ejerzan las funciones de
fomento, desarrollo y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento
del tiempo libre.
En el sector público:
• Nivel Nacional: Ministerio de
Cultura, Ministerio de Educación Nacional y el Instituto Colombiano del Deporte
Coldeportes;
• Nivel Departamental: Entes
Deportivos Departamentales
• Nivel Municipal: Entes
Deportivos Municipales y Distritales.
En el sector privado: (art. 1
Decreto Ley 1228 de 1995)
• Nivel Nacional: Comité
Olímpico Colombiano, Comité Paralímpico Colombiano (art. 6 Ley 582 de 2000) y
Federaciones Deportivas Nacionales;
• Nivel Departamental: Ligas
Deportivas departamentales y Asociaciones Deportivas departamentales; Ligas y
Asociaciones del Distrito Capital.
• Nivel Municipal: Clubes
Deportivos, Clubes Promotores y Clubes Profesionales.
3. Los objetivos del Sistema Nacional del Deporte,
se encuentran establecidos en los artículos 47 y 48 de la Ley 181 de 1995, así:
1.
Generar y brindar a la comunidad oportunidades de participación en procesos de
iniciación, formación, fomento y práctica del deporte, la recreación y el
aprovechamiento del tiempo libre, como contribución al desarrollo integral del individuo
y a la creación de una cultura física para el mejoramiento de la calidad de
vida de los colombianos; Establecer los mecanismos que permitan el fomento,
masificación, desarrollo y práctica del deporte, la recreación y el
aprovechamiento del tiempo libre mediante la integración funcional de los
organismos, procesos, actividades y recursos de este sistema;
3.
Organizar y establecer las modalidades y formas de participación comunitaria en
el fomento, desarrollo y práctica del deporte, la recreación y el
aprovechamiento del tiempo libre, que aseguren la vigencia de los principios de
participación ciudadana y;
4.
Establecer un conjunto normativo armónico que regule el fomento, masificación,
desarrollo y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del
tiempo libre y los mecanismos para controlar y vigilar su cumplimiento.
4. El Instituto Colombiano del Deporte –
Coldeportes -, fue creado mediante la expedición del Decreto 2743 de 1968, con
el nombre de Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, bajo la
naturaleza jurídica de Establecimiento Público del Orden Nacional, con
personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente
adscrito al Ministerio de Educación Nacional. Posteriormente, con la expedición
de la Ley 181 de 1995, art. 60, se modificó el nombre, por Instituto Colombiano
del Deporte Coldeportes, conservando la misma naturaleza jurídica y la
adscripción al Ministerio de Educación Nacional.
Actualmente,
el Instituto se encuentra adscrito al Ministerio de Cultura, en virtud del
Decreto Presidencial 1746 de 2003.
De
conformidad con el artículo 61 de la Ley 181 de 1995, Coldeportes, es el máximo
organismo planificador, rector, director y coordinador del Sistema Nacional del
Deporte y, Director del Deporte Formativo y Comunitario, debiendo cumplir,
entre otras, las siguientes funciones:
1.
Fijar los propósitos, estrategias y orientaciones para el desarrollo del
deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación
física;
2.
Coordinar el Sistema Nacional del Deporte para el cumplimiento de sus
objetivos;
3.
Promover y regular la participación del sector privado, asociado o no, en las
diferentes disciplinas deportivas, recreativas, de aprovechamiento del tiempo
libre y educación física
4.
Evaluar los planes y programas de estímulo y fomento del sector elaborados por
los departamentos, distritos y municipios, con el propósito de definir fuentes
de financiación y procedimientos para la ejecución de los proyectos que de
ellos se deriven; 105. Elaborar, de conformidad con la ley orgánica respectiva
y con base en los planes municipales y departamentales, el plan sectorial para
ser incluido en el Plan Nacional de Desarrollo, que garantice el fomento y la
práctica del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, y la
educación física.
6.
Definir los términos de cooperación técnica y deportiva de carácter
internacional, en coordinación con los demás entes estatales.
7.
Ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control sobre los organismos
deportivos y demás entidades que conforman el Sistema Nacional del Deporte, por
delegación del Presidente de la República y de conformidad con el artículo 56
de la Ley 49 de 1993 (Régimen Disciplinario en el Deporte) y de la presente
Ley, sin perjuicio de
lo
que sobre este tema compete a otros entidades.
8.
Dar asistencia técnica a los entes departamentales, distritales y municipales
para la formulación de planes deportivos y la ejecución de proyectos
relacionados con el deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre
y la educación física;
9.
Celebrar convenios o contratos con las diferentes entidades de los sectores
público o privado, nacionales o extranjeros, para el desarrollo de su objeto
bien sea del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la
educación física de acuerdo con las normas legales vigentes;
10.
Cofinanciar a los organismos oficialmente reconocidos, los gastos operacionales
y eventos nacionales e internacionales de conformidad con las disposiciones
vigentes sobre la materia;
11.
Establecer los criterios generales de cofinanciación de los proyectos de origen
regional;
12.
Concertar con el organismo coordinador del Deporte Asociado (Comité Olímpico
Colombiano y Comité Paralímpico Colombiano), los mecanismos de integración
funcional con el deporte formativo y comunitario;
13.
Programar actividades de deporte formativo y comunitario, y eventos deportivos
en todos los niveles de la educación formal y no formal y en la educación
superior, en asocio con las Secretarías de Educación de las entidades
territoriales;
5. Es el organismo privado, coordinador del
Deporte Asociado, que cumple funciones de interés público y social en todos los
deportes, tanto en el ámbito nacional como internacional, sin perjuicio de las
normas internacionales que regulan cada deporte, conforme lo establecido en el
artículo 72 de la Ley 181 de 1995.
6. Es la formulación, integración, coordinación y
evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con: el
deporte competitivo, el deporte de alto rendimiento y la formación del recurso
humano propio del sector. (art. 73. Ley 181/1995)
6.
7. De conformidad con el artículo 2 de la Ley 582
de 2000, el Comité Paralímpico Colombiano, es el ente rector, coordinador del
Deporte Asociado de personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales y
se constituye como una entidad de derecho privado que cumple funciones de
interés público y social, encargado de organizar y coordinar a nivel nacional e
internacional la actividad deportiva, recreacional y de aprovechamiento del
tiempo libre para dicho sector con la estructura del deporte asociado y
funciones concordantes con las del Sistema Paralímpico Internacional.
8. La asesoría para la formulación de las
políticas, planes, programas y proyectos de su propio orden institucional,
relacionados con: el deporte recreativo y terapéutico; el deporte competitivo;
el deporte de alto rendimiento; la recreación y el aprovechamiento del tiempo
libre de las personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales; la
asesoría al Gobierno Nacional para la adopción de políticas, normas y
reglamentos, para el adecuado desarrollo de la actividad deportiva de las
personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales y las demás que
consagre el reglamento. (art. 4. Ley 582/2000).
9. Al ser organismos deportivos de carácter
especial, no requieren reconocimiento deportivo para efectos de ingresar y
mantenerse en el Sistema Nacional del Deporte. (art. 2. Ley 589/2000).
10. Según el artículo 11 del Decreto Ley 1228 de
1995, son organismos de derecho privado, sin ánimo de lucro constituidos como
asociaciones y corporaciones. Su objeto es fomentar, patrocinar y organizar la
práctica de un deporte y sus modalidades deportivas, dentro del ámbito
nacional, teniendo a su cargo el manejo técnico y administrativo de su deporte.
Adicionalmente, no podrá haber sino una federación por Deporte.
Atienden
tanto el deporte aficionado como el profesional, adecuando su estructura
orgánica separadamente para ello.En cuanto a su constitución, por regla
general, las federaciones deportivas nacionales se constituyen por ligas
deportivas departamentales, asociaciones deportivas departamentales, o del
Distrito Capital o de ambas clases, y por clubes deportivos, cuyo número mínimo
establece el Instituto Colombiano del Deporte Coldeportes.
11. El artículo 12 del Decreto Ley 1228 de 1995,
indica que para los efectos de participación deportiva y vinculación al Sistema
Nacional del Deporte, las federaciones deportivas nacionales requieren:
1.
Constitución con un número mínimo de ligas o asociaciones deportivas, o de
ambas clases, o de clubes deportivos, establecido por el Instituto Colombiano
del Deporte Coldeportes.
2. Estatutos;
3.
Personería jurídica y Reconocimiento Deportivo otorgado por el Instituto
Colombiano del Deporte Coldeportes y
4.
Aval del Comité Olímpico Colombiano
12. De acuerdo con el artículo 21 del Decreto Ley
1228 de 1995, la estructura de las federaciones deportivas nacionales, deberá
comprender como mínimo, los siguientes órganos:
1.
Órgano de Dirección, a través de una Asamblea;
2.
Órgano de Administración Colegiado, compuesto por tres (3) miembros como
mínimo, con un periodo de cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos hasta por
dos (2) periodos sucesivos;
3.
Órgano de Control, mediante Revisoría Fiscal;
4.
Órgano de Disciplina, mediante una Comisión Disciplinaria;
5. Comisión
Técnica y Comisión de Juzgamiento.
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